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Abogado experto en impuestos a la herencia en Castilla y León
Para conocer los impuestos de una herencia en Castilla y León, puede acudirse a la página web de la Junta de Castilla y León, donde aparecen los distintos tributos en caso de herencia. En 2018 se experimentaron importantes beneficios fiscales en el Impuesto sobre Sucesiones o impuesto herencia Castilla y León.
Beneficios fiscales del impuesto de sucesiones en Castilla y León
Entre las reducciones a la base imponible, conocidas como beneficios fiscales, relativos al impuesto de sucesiones, se encuentran las que versan sobre lo siguiente:
- Sucesiones de sujetos pasivos discapacitados;
- Adquisición de bienes muebles integrantes del patrimonio histórico;
- Indemnizaciones satisfechas por las Administraciones Públicas a los herederos de los afectados por el síndrome tóxico y prestaciones públicas extraordinarias por actos de terrorismo;
- Adquisición de explotaciones agrarias que se encuentran situadas en Castilla y León;
- Adquisición de empresas individuales, negocios profesionales y participaciones en entidades sin cotización que se encuentran domiciliadas en Castilla y León;
- Adquisiciones cuando la persona causante sea víctima del terrorismo o víctima de violencia de género;
- Sucesiones de sujetos pasivos víctimas del terrorismo.
- Mejora en la reducción de la base imponible establecida por la legislación estatal aplicable por los descendientes y adoptados, cónyuges, ascendientes y adoptantes.
Impuesto a la herencia en Castilla y León
Por lo que a las reducciones en el impuesto a la herencia en Castilla y León caben resaltar algunas de ellas:
- Por razón de parentesco:
- *En el caso de descendientes y adoptados de 21 o más años, cónyuges, ascendientes y adoptantes: 60.000 euros.
- *En el caso de descendientes y adoptados menores de 21 años: 60.000 euros, a lo que hay que añadir 6.000 euros más por cada año menos que el menor de 21 años contribuyente tenga.
- Por lo que a la herencia de empresa individual o negocio profesional: el cónyuge, descendientes o adoptados, ascendientes o adoptantes colaterales y por consanguinidad hasta el tercer grado obtendrán una reducción del 90% (siempre que se cumplan una serie de requisitos).
- En caso de herencia relacionada con explotaciones agrarias o derecho de usufructo sobre las mismas: el cónyuge, descendientes o adoptados, ascendientes o adoptantes y colaterales por consanguinidad hasta el tercer grado tendrán una reducción del 99% (siempre que se cumplan una serie de requisitos).
- En cuanto a las indemnizaciones satisfechas por las Administraciones Públicas (síndrome tóxico o terrorismo), los herederos en caso de herencia Castilla y León se benefician de una reducción del 99% del importe recibido.
Renuncia a la herencia
Todavía en sede de materia tributaria, cabe mencionar que muchas personas renuncian a la herencia debido a la carga impositiva. La persona llamada a heredar debe buscar un experto en materia tributaria, se trate de quien se trate, como puede ser la herencia de los tíos en Castilla y León, respecto a los cuales hay un dicho “gástate en vino lo que vas a dejarle a los sobrinos”. En este sentido, el impuesto de una herencia de tíos a sobrinos es mucho mayor que el impuesto de sucesiones de padres a hijos, como se ha visto al estudiar las reducciones.
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